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Ley 25/2015 · Exoneración del pasivo insatisfecho

La ley que permite empezar de cero, explicada sin letra pequeña.

Qué es, quién puede acogerse y qué deudas quedan realmente canceladas.

La Ley de la Segunda Oportunidad es un mecanismo legal, aprobado por el Gobierno en 2015, que permite a particulares y autónomos cancelar sus deudas cuando se encuentran en una situación de insolvencia y actúan de buena fe.

No se trata de una negociación con tus acreedores ni de un simple aplazamiento. Es una resolución judicial (auto de exoneración del pasivo insatisfecho) que cancela la deuda de forma definitiva, incluida la de tarjetas, préstamos personales, avales o deudas con Hacienda y la Seguridad Social dentro de los límites legales.

La reforma de 2022 del Texto Refundido de la Ley Concursal simplificó además el acceso al procedimiento, agilizando los plazos en muchos juzgados.

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Qué se puede cancelar

Deudas que sí se cancelan y las que no

Sí se cancelan

  • Tarjetas de crédito y minicréditos
  • Préstamos personales y de consumo
  • Deudas con proveedores de autónomos
  • Avales y garantías personales
  • Y muchos casos más

No se cancelan

  • Pensiones alimenticias
  • Parte de la deuda pública que supere el límite legal
  • Deudas contraídas de mala fe, ocultando bienes o ingresos
  • Responsabilidad civil derivada de delito
  • Préstamo hipotecario

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